XLII. El listado de Jubilados y Pensionados y el Monto que reciben.
Todos los Sujetos Obligados deberán publicar la leyenda siguiente: "El listado de Jubilados y Pensionados es generado y publicado por el Instituto de Seguridad Social encargado de administrar las cuentas para el retiro de los Jubilados y Pensionados del Sujeto Obligado." Además, los Sujetos Obligados publicarán el hipervínculo al sitio de Internet en el que los Institutos de Seguridad Social publiquen los listados de Jubilados y Pensionados de los primeros, así como el monto de la porción de su pensión que reciban directamente del Estado Mexicano.
Fracción | Aplicabilidad | Periodicidad |
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a) El listado de Jubilados y Pensionados | Trimestral | |
b) Listado de Jubilados(as) y Pensionados(as) y el Monto que reciben | Trimestral |